PORQUÉ ACUSAMOS A LA OPERACIÓN CÓNDOR


Nuestro punto de vista sobre la Operación Cóndor es que constituyó una asociación criminal creada por las dictaduras del Cono Sur de Latinoamérica (Argentina, Chile, Paraguay, Brasil, Bolivia y Uruguay) durante los años ´70, a instancias y con participación de Estados Unidos, para perseguir, torturar, matar y desaparecer opositores políticos, más allá de las fronteras.

Un proceso judicial iniciado en Argentina hace más de veinte años culminó con sentencia condenatoria en 2016, dando la razón a la esencia de la denuncia original.
Cuando este proceso judicial se inició en 1999, regían en nuestro país desde 1987 las “leyes” de Obediencia Debida y Punto Final, que habían paralizado la actividad judicial sobre los crímenes de lesa humanidad de la dictadura. Recién en 2003 esas normas fueron derogadas y declaradas nulas.

A pesar de ellas, en 1999 el abogado Alberto Pedroncini reunió un grupo de familiares de víctimas de la Operación Cóndor de diversas nacionalidades, compartiendo la tarea jurídica con el profesor David Baigún, y propuso promover una querella criminal ante los tribunales federales de Buenos Aires.

Ambos juristas habían concluido que los delitos del Cóndor, cometidos dentro del país y continuados fuera de él, atento que muchos de sus autores eran extranjeros, no quedaban comprendidos en las leyes de impunidad referidas, y en consecuencia no se podía frenar su investigación.

Vale recordar que, basados en un enfoque similar (el robo de bebés tampoco estaba comprendido en las leyes de impunidad) fueron ellos mismos quienes dieron también el impulso inicial en 1999 y buena parte de la instrucción, a la querella promovida por Abuelas sobre el Plan Sistemático de Robo de Bebés.

Obviamente la derogación por el Congreso en 2003 de las leyes de impunidad, al convertirse en ley el proyecto de la diputada nacional Patricia Walsh, permitió, al calor de las nuevas condiciones políticas, que ambas causas continuaran su curso y se expandiera el fenomenal juzgamiento de los delitos de lesa humanidad, que -convertido en política de Estado- todavía continúa.

Pedroncini había compartido conmigo esas creativas inquietudes jurídicas desde antes de promover las querellas, y pasados los años de la instrucción -la que gracias al tenaz compromiso personal y rigor que lo caracterizaron lo tuvo como impulsor permanente- me sumó a la tarea de colaborar con el juicio a la Operación Cóndor.

Obviamente para mí fue un honor participar de una tarea tan creativa, que había concebido a la Operación Cóndor como una asociación criminal autónoma que merecía ser juzgada como tal y que lograra saltar las vallas de impunidad entonces vigentes.
Los sucesivos  jueces y fiscales federales actuantes no impidieron el desarrollo de la instrucción, que se extendió durante ocho años.

En 2007 el expediente fue elevado a juicio oral. Asumí la tarea de preparar el borrador del ofrecimiento de prueba de nuestra parte querellante y a partir de allí seguí el curso de la causa, incluyendo la representación en las audiencias del Juicio Oral.
Para ello tuve que adentrarme en un extraordinario expediente que ya tenía unos cuarenta cuerpos (algo así como 8000 páginas), y que luego de la instrucción complementaria y otros avatares típicos de una causa que nunca gozó de especial simpatía de las “altas esferas”, en 2012 llegó al borde del inicio del juicio oral.
Indicios de la subjetiva apreciación precedente residen en los prolongados tiempos del proceso y su mínima difusión periodística. La meritoria excepción fue la media docena de artículos que la periodista Alejandra Dandan logró publicar en el diario Página 12 entre 2013 y 2016.

Esos fueron los años en los que se desarrolló el juicio oral, que trámitó ante el Tribunal Oral Federal Nº1 (integrado entonces por los Dres. Oscar R, Amirante, Adrián F. Grunberg y Pablo G. Laufer), desde fines de 2012 hasta el fallo condenatorio del 27 de mayo de 2016, cuyos fundamentos se publicaron en agosto de 2016 (https://www.cij.gov.ar/nota-22663-Lesa-humanidad—difundieron-los-fundamentos-de-la-sentencia-por-el--Plan-C-ndor--.html).

Se trata de una sentencia ejemplar, de gran valor histórico y jurídico, que condenó a 15 altos jefes militares argentinos y uno uruguayo, a duras penas de prisión como integrantes de una asociación ilícita y secreta concertada por los gobiernos dictatoriales del Cono Sur, para perseguir opositores, encarcelarlos ilegalmente, torturarlos, matarlos y desaparecerlos.

El relevante papel jugado en el juicio por la fiscalía del Dr. Pablo Oubiña fue de muy alto nivel jurídico, y debo decir también humano en su relación con los testigos,  víctimas del Cóndor.

De lo primero hay un excepcional documento, su alegato, que puede leerse en internet en https://www.mpf.gob.ar/plan-condor/.

Las pruebas reunidas en el expediente constituyen un acervo documental, testimonial, académico, etc. que además de su extensión y acreditación de los hechos, tiene una notable profundidad para el análisis del período histórico, inclusive más allá de la excelente sentencia.         

Nuestro propósito es difundir algunos de los hechos históricos ocurridos en el marco de la Operación Cóndor, con la particularidad de que serán contados e interpretados a partir no ya de investigaciones políticas y/o periodísticas, sino -como parte acusadora- de las pruebas obrantes en el juicio; especialmente documentos desclasificados, declaraciones testimoniales, etc. 

Entradas populares