COMENTARIOS SOBRE DESCLASIFICACIÓN DE DOCUMENTOS


Es sabido que en EEUU las agencias gubernamentales pueden clasificar como secretos determinados documentos. El levantamiento del carácter secreto lleva el nombre de “desclasificación”. 

El procedimiento de desclasificación se realiza en el marco de una ley de ese país denominada de “libertad de información”, cuya sigla por sus iniciales en inglés es FOIA (Freedon of Information Act, 1967).

Cuando los organismos estatales ejecutan una desclasificación de documentos, se limitan a un tema y un período de tiempo determinado.

Lo hacen obedeciendo a una solicitud privada o una orden estatal, muchas veces judicial.

Está expresamente excluida por esa ley la desclasificación de aquellos documentos que pudieran afectar la seguridad nacional (en el amplísimo concepto que se tiene de ello en EEUU) y también los que posibilitaran perseguir penalmente a un agente del Estado.

Esto es coherente con la política general de EEUU de no aceptar la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, al no haber ratificado el Estatuto de Roma (1998) que la crea. Todas medidas tendientes a garantizarle impunidad a sus agentes uniformados o no, a lo largo y ancho del planeta.

Con tales restricciones, la desclasificación de lo que nos interesa está muy limitada por la voluntad de la agencia estatal requerida para hacerlo.

Es conocido que no solo hay infinidad de documentos que no nos quieren mostrar, sino además que muchos de los que desclasifican tienen gruesas tachaduras que no permiten leer las partes más sensibles de su texto; a veces censuran páginas enteras de un documento “desclasificado”.

Es decir que el organismo desclasificador decide qué mostrar y qué mantener oculto.

Se suele dejar anotada sintéticamente junto a la tachadura la norma en que se ampara el ocultamiento.

A nuestro criterio, resulta obvio en base a lo que ya hemos visto en artículos anteriores de este blog (más aún en los que veremos en el futuro) que se persigue divulgar una parte de la actividad del gobierno de EEUU para que luzca, entre comillas como “políticamente correcta”, cuidando -además- que no derive en responsabilidades penales para sus agentes involucrados.

Las agencias estatales requeridas que tienen información sobre la Operación Cóndor han desclasificado un gran número de instrumentos relacionados con esa materia, que suman miles y miles de hojas, especialmente de fuente diplomática, muy poco de la CIA y menos aún de la DIA (inteligencia militar).

Los documentos ponen en evidencia que es práctica de ese Estado dejar constancia de todo -o casi todo- lo referido a sus actividades, entre ellas lo que observan, incluyendo obviamente la Operación Cóndor.

Sobre el “casi todo”, recordemos que la conocida expresión “off de record” que se refiere a lo que no se deja constancia en los registros, es decir es lo opuesto a lo que se anota oficialmente que se llama “on the record”. 

Un ejemplo es el documento del 10 de junio de 1976 que trascribimos en parte en nuestro artículo sobre Kissinger y la deuda externa, en el que se dejó constancia que el nombrado y su homólogo, el canciller de la dictadura, conversaron en privado dos minutos, es decir “off the record”. 

En definitiva los “desclasificadores” procuran construir a través de los documentos que difunden una versión recortada -o si se quiere “editada”- sobre su propia conducta como Estado.

Se trata de dar la imagen de que dan a conocer sus secretos cuidando con mucho margen que no se les vuelva en contra.

En su declaración como testigo en el juicio, John Dinges, autor de los dos primeros libros sobre el Cóndor y conocido analista de documentación desclasificada, explicó que lo que se desclasifica es solo la punta del iceberg, para ilustrar la idea de que es mucho más lo que no se ve que lo que se muestra.

De todas maneras lo que los documentos desclasificados nos dejan ver a través del bosque que ocultan, nos permite demostrar el accionar de EEUU en la Operación Cóndor. 

Para ello nos valemos de nuestra evaluación de los documentos desclasificados en correlato con otros elementos de prueba del juicio. Hay documentos sobre el Cóndor (inicialmente secretos) emanados de los gobiernos dictatoriales del Cono Sur: proporcionalmente son escasos -salvo excepciones- pero algunos muy valiosos.

La Operación Cóndor se formalizó con un acta constitutiva surgida de la 1ra. Reunión de Trabajo de Inteligencia Nacional llevada a cabo en Santiago de Chile a fines de noviembre de 1975 en la que se institucionaliza y bautiza como Cóndor al acuerdo.

Un excepcional ejemplo de abundancia lo proporcionan los nutridos Archivos del Terror descubiertos en Paraguay en 1992 que documentan numerosas actividades de la Operación Cóndor. Y -aunque de mucho menor volumen- es muy elocuente la documentación conservada por el agente de DINA chilena Arancibia Clavel, entre otros ejemplos. 

Para contextualizar los documentos desclasificados también resultan de mucha importancia las declaraciones de expertos militares e investigadores argentinos, y de otros países (inclusive de EEUU) sobre las relaciones de las fuerzas armadas de las dictaduras con las de EEUU, a partir de los tratados como el TIAR de “asistencia recíproca” de 1947, las conferencias anuales de los ejércitos americanos, ejercicios militares conjuntos, etc.

Se destacan asimismo las instrucciones impartidas en la Escuela de las Américas desde los ´70, ubicada por entonces en la zona del Canal de Panamá bajo jurisdicción de EEUU, a la que concurrían regularmente los oficiales de nuestros países a tomar cursos sobre la doctrina de la seguridad nacional, entendida como el enfrentamiento al enemigo interno en cada país: esto es la práctica del terrorismo de estado contra los opositores, estuvieran armados o no.

Desde el fin de la segunda guerra mundial las fuerzas armadas de EEUU desplegaron desde su Comando Sur directivas y controlaron su cumplimiento desde la frontera mexicano guatemalteca hasta Tierra del Fuego. México está comprendido directamente en el Comando Norte. 

Un breve adelanto vinculado a los hechos preliminares del Cóndor lo tuvimos en nuestro artículo sobre el asesinato del General Prats, en cuanto la CIA monitoreaba su control durante su exilio argentino en 1973/74, y finalmente en su asesinato en Buenos Aires.

Ya señalamos que en materia de documentos desclasificados la inmensa mayoría del “iceberg” bajo el agua obviamente encierra las versiones profundas, precisas y completas de los archivos militares y de inteligencia de EEUU.

En febrero de 2020, apenas tres meses antes de escribir este artículo, la prensa nacional e internacional informó profusamente sobre una nueva desclasificación de documentos.

Dejó de ser secreto que la CIA había proporcionado a las fuerzas armadas de muchos países (120), entre ellos los miembros de la Operación Cóndor, aparatos que oficialmente servían para desencriptar documentación secreta.

Esos aparatos marca Krypto eran fabricados en Suiza por una empresa propiedad de la misma CIA. Resulta ser que no solo permitían desencriptar sino además que la CIA accediera a todos esos documentos.

Justamente en la reunión de Inteligencia celebrada en Chile en 1975 se acordó intercambiar la información del Cóndor a través de documentación encriptada. 

La conclusión es que la CIA consiguió acceso a toda la información que alguna vez se documentó en el ámbito de la Operación Cóndor, incluyendo la de la inteligencia de sus países miembros, aunque no la hubieran compartido. 

Por eso mismo el conocimiento de toda la verdad (y no solo la parte “editada” de ella) dejaría aún más al desnudo tanto el involucramiento personal de muchos funcionarios así como la responsabilidad política del gobierno de EEUU. 

Y seguramente también, lo que para nosotros es más importante: permitiría conocer el destino de nuestros desaparecidos. No dudamos que quienes todo lo registraron, contando con numerosas y calificadas fuentes de nuestros países y de su propia participación, hayan clasificado también esa valiosa información.

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